Ley 167 del Sistema de Atención a las Quejas y Peticiones de las Personas.

La Ley 167 del Sistema de Atención a las Quejas y Peticiones de las Personas regula la estructura y funcionamiento del sistema de atención a las quejas y peticiones de las personas a las autoridades, directivos, funcionarios y empleados del Estado; así como a las personas naturales o jurídicas no estatales que presten servicios, funciones o ejerzan potestades públicas, acorde a su encargo u objeto social.
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