Ley No. 169 De Procedimiento Administrativo.
La Ley regula el procedimiento administrativo que rige, con carácter general, la actividad administrativa de los sujetos comprendidos en su ámbito de aplicación; los derechos y deberes de las personas en sus relaciones con esos sujetos, en el ámbito de dicha actividad; la validez y eficacia de las actuaciones administrativas; el procedimiento administrativo sancionador; el régimen de responsabilidad patrimonial por daños o perjuicios causados indebidamente por directivos, funcionarios y empleados del Estado con motivo del ejercicio de las funciones propias de sus cargos; y la impugnación en la vía administrativa de las actuaciones administrativas.
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